13 DE SEPTIEMBRE DE 2023
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha publicado los requisitos para acceder a las subvenciones para la realización de actividades deportivas y financiación de gastos de organización y funcionamiento con destino a clubes deportivos de Cantabria.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/714553)
Primero. Benefciarios: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos que cuenten con equipos senior que participen en ligas y competiciones ofciales de ámbito estatal o interautonómico y que estén debidamente inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria, integrados en su correspondiente federación, o, en ausencia de esta, en la delegación territorial de la Federación española, siempre y cuando la existencia de esta última haya sido debidamente comunicada a la Dirección General de Deporte. En ningún caso podrán adquirir la condición de benefciarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Segundo. Objeto: La presente Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos que tengan por objeto la realización de actividades deportivas y fnanciación de gastos de organización y funcionamiento de los equipos pertenecientes a los clubes deportivos de Cantabria.
Tercero. Bases reguladoras: Orden UIC/9/2021 de 16 de marzo (BOC número 58, de 25 marzo de 2021), modifcada por la Orden UIC/6/2022 de 1 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades deportivas y fnanciación de gastos de organización y funcionamiento con destino a clubes deportivos de Cantabria.
Cuarto. Cuantía: La cuantía total máxima, dentro del crédito disponible, será 500.000 €. La cuantía de las subvenciones no podrá superar el 75% del coste de la actividad subvencionada ni la cuantía de 60.000 euros. La cuantía de las subvenciones será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de publicación de este extracto
Sexto. Documentación: La solicitud de subvención, incluida la correspondiente declaración responsable, se formulará en el modelo ofcial que fgura como el Anexo I de esta Resolución, dirigida a la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, que irá frmado por el presidente y secretario y se acompañará de la documentación señalada en el apartado quinto, punto 4 de la resolución de convocatoria.
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